Jurisprudencia Defensa de la Competencia
   
   
 

Aviso Jurídico
Esta documentación tiene sólo carácter informativo. Ha sido recopilada de documentos públicos. Si necesita utilizar estas normativas para asuntos jurídicos deberá consultar los Boletines Oficiales correspondientes. Los responsables de este Congreso Nacional de Gestores Administrativos no se hacen respondables de los contenidos.

   
 

1. Tribunal Supremo. 04/11/2008. La prohibición de la cuota litis en sentido estricto choca frontalmente con lo establecido en el artículo 1.1.a) de la Ley de Defensa de la Competencia y en la Ley de Colegios Profesionales Arts. 1 y 2 de la Ley de Defensa de la Competencia
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2. Resolución. Consejo Nacional de la Competencia. (Expediente 635/07, Colegio Odontólogos Estomatólogos de Las Palmas) Se establece así un principio incuestionable: la oferta de servicios por los Profesionales Colegiados y la fijación de su remuneración están sometidos a la Ley de Defensa de la Competencia y a la Ley de Competencia Desleal. La libertad de precios, siempre que se den las condiciones adecuadas, esto es, un número suficiente de oferentes y un conocimiento suficiente de las alternativas por parte de los consumidores, es esencial para obtener los beneficios de la competencia entre los distintos productores de bienes o prestadores de servicios.
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3. Tribunal de Defensa de la Competencia. Resolución de 13/10/2005. El sistema de turno notarial, puede tener repercusión adversa sobre la negociación de descuentos en las minutas por servicios prestados El artculo 3 del Reglamento Notarial establece que los particulares tienen el derecho a la libre elección de notario, salvo en los actos o contratos en que intervenga el Estado, la Provincia o el Municipio o los establecimientos o entidades que de ellos dependan
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4. Tribunal de Defensa de la Competencia. 05/10/2000. Corresponde al Tribunal de Defensa analizar los casos de los Colegios Profesionales que puedan suponer infracciones a la LDC. El Tribunal decidió tener por aportada la prueba documental que obra en el expediente y que se uniera al mismo la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al comercio electrónico en el Mercado Interior
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